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Dirección: C/ Federico García Lorca, s/n.
Tel: 91 654 09 32 / 91 654 06 78.
E mail: salud@ssreyes.org
María Ordóñez Lara
Concejala Delegada de Educación, Personas con Discapacidad, Bienestar Social y Familias y Promoción de la Salud.
El Servicio Municipal de Salud es un recurso local de Salud Pública, que desarrolla actuaciones con estrategias de Promoción y Protección de la salud, así como de Prevención de la Enfermedad, dirigidas a toda la población de San Sebastián de los Reyes , con el objetivo de mejorar su nivel de salud y bienestar.
San Sebastián de los Reyes , es ciudad miembro de la Red Española de Ciudades Saludables y participa activamente en el "Proyecto de Ciudades Europeas " de la Organización Mundial de la Salud
ASUNTOS PENDIENTES HASTA LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY:
ANIMALES PERMITIDOS ACTUALMENTE: Perros, gatos y hurones. Estarán obligatoriamente identificados con microchip
ANIMALES PROHIBIDOS ACTUALMENTE por la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: (Son los mismos animales que ya estaban prohibidos por la Ley de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid)
“ Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales - Disposición transitoria segunda. Prohibición de determinadas especies como animales de compañía.
Desde la entrada en vigor de la presente ley, hasta la aprobación y publicación del listado positivo al que corresponda la especie (mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces o invertebrados) queda prohibida la tenencia como animales de compañía de los animales pertenecientes a especies que cumplan alguno de los siguientes criterios, relativos a su peligrosidad y a la necesidad de aplicar un principio de precaución en materia de conservación de la fauna silvestre amenazada:
1. Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
2. Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios.
3. Todos los primates.
4. Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 Kg.
5. Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.”
NORMATIVA:
En la Comunidad de Madrid, las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas están reguladas por el Real Decreto 742/2013, que establece los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
El Decreto 80/1998, que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, continúa parcialmente en vigor en todo aquello que no se oponga al Real Decreto. Este Decreto atribuye las competencias de autorización, inspección y sanción a los Ayuntamientos.
Las piscinas incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 742/2013 son:
¿ES OBLIGATORIO TENER SOCORRISTA? - Todas las piscinas deben tener socorrista. Solamente están eximidas las de comunidades de vecinos de menos de 30 viviendas.
¿Y PERSONAL SANITARIO? - Las piscinas deben tener personal sanitario dependiendo de la suma del conjunto de m2 de superficie de agua:
¿COMO EVITAR EL AHOGAMIENTO DE MENORES EN PISCINAS PEQUEÑAS? Es fundamental en las piscinas: • Que estén adecuadamente protegidas, evitando el acceso de niños cuando las instalaciones no estén abiertas. • Que en las que no hay socorrista, los menores vayan siempre acompañados de un adulto. • Evitar los juegos violentos como empujones y saltos en las proximidades de la piscina
¿CÓMO EVITAR EL CONTAGIO DE ENFERMEDADES? - Para prevenir la propagación de enfermedades contagiosas, se deberán mantener medidas preventivas tales como:
¿ES IMPRESCINDIBLE QUE EL AGUA TENGA DESINFECTANTE? - Para mantener el agua de baño libre de gérmenes que puedan poner en peligro la salud de los bañistas, es imprescindible que haya unos niveles mínimos de cloro o de otro desinfectante autorizado.
¿EL CLORO DE LA PISCINA PUEDE SER PERJUDICIAL? - El exceso de cloro puede ser perjudicial, pero manteniendo las concentraciones recomendadas por la normativa no debería existir riesgo alguno.