Servicio de Atención Ciudadana |
Autoriza aquellas actuaciones urbanísticas que para ser definidas no precisen Proyecto suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, por tener una limitada incidencia en el entorno urbanístico, en la seguridad o en el medio ambiente, y que no sean suscrptibles de tramitación como Actos Comunicados: - Obras de restauración que no precisen consolidación o modificación de estructura, ni apertura de huecos si estos se proyectan en muros de carga. - Obras de mantenimiento o conservación que para su realización necesitan de la colocación de andamios. - Obras de reparación que no afecten a estructura. - Obras de acondicionamiento que modifiquen la distribución de espacios interiores, sin afectar, alterar o incidir en elementos comunes, estructurales o en las condiciones de seguridad. - Obras que reuniendo las circunstancias anteriores tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas que permitan convertir las viviendas en accesibles o practicables. - Obras exteriores que no afecten a estructura. - Otras obras de pequeña entidad no especificadas en los apartados anteriores, ni en las descritas para las Actuaciones Comunicadas, siempre que no supongan modificaciones arquitectónicas exteriores o estructurales, o materiales, de los inmuebles.
Presentación en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento (ver enlace) de:
- Impreso normalizado de solicitud y datos básicos.
- Acreditación de la representación legal, cuando se actúe por medio de representante
Servicio de Licencias Urbanísticas
DIRECCIÓN: Plaza de la Constitución – Edificio El Caserón
TELÉFONO: 91.659.71.00
HORARIO: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 h.
· · Autoliquidación y justificación de abono de las Tasas correspondientes.
- Hoja de características del solar, debidamente cumplimentada.
Presentación por duplicado de:
- Descripción y justificación suficiente de las obras que se pretenden realizar, con expresión de la duración prevista de las obras.
- Plano parcelario a escala 1:2000, señalando la situación de la finca objeto de licencia
- Croquis o planos acotados de plantas y/o alzados y/o secciones, a escala 1:100, detallando por separado el estado actual y, en su caso, el estado reformado tras la actuación, rotulando el uso y relacionando si fuera necesario, la zona afectada por las obras con el resto del edificio. En caso de obras de escasa relevancia se admitirá la presentación de planos acotados sin escalar siempre que resulten suficientes para la adecuada comprensión de la obra cuya licencia se solicita.
- Presupuesto por capítulos de las actuaciones, a precios actuales de mercado.
- Descripción fotográfica en color del edificio en su conjunto y sus elementos más característicos, comparándolos con los del resultado final de la actuación proyectada, cuando la obra afecta a la fachada.
- Certificado de andamios suscrito por técnico competente y con visado colegial, si fuera necesaria su colocación para ejecutar las obras.
- Permiso de la comunidad si la obra afecta a fachada, en su caso.
Con carácter voluntario el solicitante podrá acompañar la documentación que estime oportuna para mejor conocimiento de la actuación que pretenda realizar.
· Si de la comprobación de la documentación aportada por el interesado, ya sea junto con la solicitud de licencia o en cualquier momento posterior, se desprendiera la improcedencia de iniciar o continuar el expediente por el procedimiento abreviado, se procederá a su tramitación mediante el procedimiento adecuado.
- Una vez obtenida la licencia, deberá abonarse el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
· Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias.
- Ordenanzas Municipales de Tributos y Precios Públicos 2009.