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Declaraciones de bienes y actividades (art. 75.7 Ley 7/1985)

 Declaraciones de bienes y actividades (art. 75.7 de la Ley 7/1985).
Las Declaraciones de bienes y de actividades son declaraciones que están obligados a realizar los Concejales de la Corporación de conformidad con el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local. Se trata de sendas declaraciones en relación con sus "bienes patrimoniales y derechos", y "sobre causas de posible incompatibilidad y actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos".
Registro.
El Registro de dichas declaraciones se encuentra en la Secretaría General del Pleno de la Corporación.
La publicación de las mismas se realizará en el Portal de Transparencia.
Presentación.
Las Declaraciones se realizan antes de la toma de posesión, con motivo del cese, a la finalización del mandado y, en su caso, cuando se produzca cualquier modificación de las circunstancias de hecho, entendiéndose por tales, cualquier variación en la situación patrimonial y cualquier alteración en las actividades.
Se formalizan en los correspondientes modelos aprobados en sesión plenaria de 16 de junio de 2016. Es por ello que pueden existir declaraciones en diferentes formatos, teniendo en cuenta si se realizaron con anterioridad o con posterioridad a dicha fecha. 
Conforme al artículo 75.7 de la Ley 7/1985 y el Acuerdo plenario de 19 de abril de 2018, "las publicaciones se producirán con ocasión del comienzo del mandato (en el plazo de un mes desde la sesión constitutiva), y a la finalización del mismo (en el plazo de un mes desde la sesión constitutiva de la nueva Corporación). Se producirá también con carácter anual, en el mes de enero".  
Concejales:
  • Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, 2024
  • Plaza de la Constitución, 1 Tel.: 916 597 100