Documentación necesaria para empadronar a los menores de edad

Documentación general:

  • Hoja padronal, identificando a las personas que se empadronan y firmada por todos los mayores de edad (progenitores, hermanos mayores de 16 años por ejemplo).
  • Documentación de la vivienda: contrato de alquiler y recibos recientes de alquiler y suministro. Si se trata de propietario se consulta el IBI y solo ha de presentar recibo de suministro reciente. Si no es titular de la vivienda además se requerirá autorización del propietario.
  • Libro de familia o partida de nacimiento de los menores de 14 años
  • A partir de los 14 años ha de aportar el DNI.

Cuando el menor se empadrona con uno solo de los progenitores, además se ha de presentar:

  • Es necesaria la autorización de ambos firmando la hoja padronal si los dos tienen la patria potestad de los menores.
  • En el caso de custodia compartida es obligatorio que ambos progenitores estén de acuerdo, no se empadronará al menor sin este requisito.
  • Declaración responsable firmada según los diferentes casos en los que se encuentre:
    • Consentimiento del progenitor que no se empadrona.
    • No consentimiento del progenitor que no se empadrona  sin que exista resolución judicial de separación o divorcio.
    • No consentimiento del progenitor que no se empadrona cuando existe resolución judicial que otorga la guardia y custodia.

Cuando el menor no se empadrona con ninguno de los progenitores (se empadrona con los abuelos, por ejemplo), además de la documentación de carácter general se requiere la autorización de los dos progenitores, adjuntando además la fotocopia de su documento de identidad.

 

Normativa

En materia de Padrón se aplica, entre otras, la siguiente normativa:

 

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