Qué es
Mediante la cumplimentación del correspondiente impreso, podrá domiciliar en su banco todos o parte de los tributos municipales.
Forma de Iniciación
- Presencialmente: presentando el impreso, debidamente cumplimentado, a través del Registro Municipal de Entrada mediante cita previa.
- Electrónicamente: entrando en nuestra sede electrónica con certificado digital.
Quién lo tramita
Recaudación Municipal.
Dirección: Plaza de la Iglesia nº 7 (Bajo).
Tel: 91 653 28 38.
Documentación
- DNI (NIF/CIF) del titular del tributo.
- DNI (NIF/CIF) del titular de la cuenta.
Observaciones
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Domiciliación pago en periodo voluntario:
Tendrá una bonificación en los términos previstos en las Ordenanzas Fiscales
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Domiciliación pago anticipado:
Tendrá un 5% de bonificación de la cuota hasta un máximo de 200€.
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Domiciliación pago fraccionado (tres plazos):
Los vencimientos de las fracciones tendrán lugar el 10 de mayo, 10 de julio y 10 de octubre. Tendrá un 2% de bonificación de la cuota. Dicha bonificación no podrá exceder de 100€ y se aplicará en la última de las cuotas fraccionadas.
- Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.
- Las domiciliaciones, en cualquiera de sus modalidades, se solicitarán mediante impreso normalizado y firmado, presentado al Ayuntamiento en firma reglamentaria. Las domiciliaciones y sus anulaciones o modificaciones presentadas hasta el día 21 de enero del año en curso producirán efectos en tal ejercicio. Las presentadas con posterioridad a tal fecha, surtirán efectos en el ejercicio fiscal siguiente.
Calendario fiscal