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La presente Ordenanza regula la tasa por prestación de servicios en espacios públicos y dependencias municipales conforme a lo autorizado por el Artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.