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Autorizaciones emitidas para el ejercicio de la actividad privada tras el cese del cargo.
La Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, establece que durante un periodo de dos años tras el cese del Alto cargo, si quiere prestar sus servicios en alguna entidad privada afectadas por decisiones relacionadas con el puesto desempeñado, deberán solicitar y obtener una autorización de compatibilidad.
No se ha registrado en este Ayuntamiento ninguna petición al respecto y, por tanto, no se ha concedido ninguna autorización de compatibilidad para el ejercicio de la actividad privada tras el cese.