Alta con carácter general

 

  • Hoja padronal rellenada y firmada.
  • Documentación de la vivienda: contrato de arrendamiento original, recibo de alquiler y suministro recientes. En el caso de propietarios, recibo de suministro.
  • Documentación acreditativa de la identidad original, uno de estos documentos:
    • Documento de identidad (DNI).
    • Pasaporte.
    • Documento de identidad de extranjeros y, en el caso de que no lleve la fotografía, documento de identidad su país o pasaporte.
    • Permiso de conducir con fotografía.

Todos los documentos tienen que estar en vigor, no pueden estar caducados.

  • Cuando el título de la vivienda no está a nombre de quien se empadrona, es necesaria autorización del titular.
    • Si la persona que autoriza es propietario, no es necesario que esté empadronado en la vivienda para autorizar.
    • Si la persona que autoriza es el arrendatario, es necesario que esté empadronado en la vivienda para autorizar. Si no lo está, se requiere también la autorización del propietario. El arrendatario firmaría en el recuadro inferior izquierdo de la hoja padronal y el propietario el formulario habilitado al efecto (Declaración del titular de la vivienda).

El trámite puede realizarse presencialmente, electrónicamente con certificado digital y a través de representante, en este caso, además de la documentación arriba indicada, se han de aportar los documentos de identidad originales del representante y el representado y el formulario de representación.

 

Normativa

En materia de Padrón se aplica, entre otras, la siguiente normativa:

Documentos