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- Hoja padronal, rellena y firmada por la persona que se empadrona.
- Si es propietario, las escrituras. Si ha pagado alguna vez el IBI, no será necesaria la presentación de las mismas, aunque se aconseja llevarla por si hubiese alguna incidencia.
- Si es inquilino, el contrato de alquiler. Debe ser la misma persona que firma el contrato.
- En el caso de inquilinos, el recibo de alquiler, si se ha realizado por banco y, si no, de algún suministro: de luz, de agua, etc. de la vivienda reciente (máximo tres meses atrás).
- En el caso de propietarios, un recibo de algún suministro: de luz, de agua, etc. de la vivienda reciente (máximo tres meses atrás).
En ambos casos, puede mostrarse electrónicamente.
- Documentación acreditativa de la identidad, uno de estos documentos:
~ Documento de identidad (DNI).
~ Pasaporte.
~ Documento de identidad de extranjeros y, en el caso de que no lleve la fotografía, documento de identidad su país o
pasaporte.
Todos los documentos tienen que estar en vigor, no pueden estar caducados.
- Hoja padronal, rellena y firmada por la persona que se empadrona.
- Autorización de una persona mayor de edad que figure empadronada en el domicilio. Se identificará y firmará la hoja padronal (abajo a la izquierda).
- Escrituras de propiedad (se podrá consultar el IBI) o contrato de alquiler. En estos documentos tiene que constar la persona que autoriza el empadronamiento.
- Documentación acreditativa de la identidad, uno de estos documentos:
~ Documento de identidad (DNI).
~ Pasaporte.
~ Documento de identidad de extranjeros y, en el caso de que no lleve la fotografía, documento de identidad su país o
pasaporte.
Todos los documentos tienen que estar en vigor, no pueden estar caducados.