El Ayuntamiento y ASUFIN organizan una jornada sobre los derechos del usuario ante cláusulas abusivas

El Ayuntamiento y ASUFIN organizan una jornada sobre los derechos del usuario ante cláusulas abusivas

El encuentro bajo el nombre de ‘La protección de los consumidores hipotecarios, en relación a las cláusulas y gastos hipotecarios’ tendrá lugar el próximo 10 de diciembre, a las 18:00 horas, en el Centro Municipal de Formación, las jornadas serán gratuitas, previa inscripción en la OMIC, bien presencial o llamando al teléfono 91 653 74 29.

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El próximo 10 de diciembre, a las 18:00 horas, en el Centro Municipal de Formación de San Sebastián de los Reyes, tendrá lugar la jornada organizada por el Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Consumo, y ASUFIN, ‘La protección de los consumidores hipotecarios, en relación a las cláusulas y gastos hipotecarios', con el objetivo de debatir y resolver las dudas que planteen los asistentes, además de conocer posibles medidas para reclamar.

Esta jornada da continuación a la del pasado 23 de febrero de 2017, que se produjo en el momento que generó un mayor volumen de información respecto de la sentencia del Tribunal Supremo de 2015, al declarar abusiva la derivación de la totalidad de los gastos a quien solicita el préstamo. La Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo nº 705/2015, de 23 de diciembre de 2015, declaró la nulidad de la cláusula de "gastos del préstamo hipotecario", pero no de todos los gastos sólo los derivados del préstamo hipotecario.

A raíz de esta convocatoria se firmó un acuerdo de colaboración para prestar un servicio de información y asesoramiento básico y dar una respuesta a las dudas suscitadas por cláusulas abusivas y gastos hipotecarios y prestar asesoramiento e información sobre malas prácticas o problemáticas en productos financiero.

Actualmente estamos viviendo un momento de incertidumbre tras la última sentencia del Tribunal Supremo, del pasado mes de octubre de 2018 donde se dictamina sobre cual debía ser el sujeto pasivo que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados. Pero actualmente queda claro, a través del Decreto aprobado por el Gobierno de la Nación Real Decreto 17/2018, (publicado el día 10 de noviembre de 2018) indicando que será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y en su defecto las personas que insten o soliciten los documentos notariales o aquellos en cuyo interés se expidan y aclarando que cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria se considera sujeto pasivo al prestamista.

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